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viernes, noviembre 22, 2024
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Sin control, Molino Harinero Sula encarece el pan de cada día

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Sin control, Molino Harinero Sula encarece el pan de cada día
Molino Harinero Sula asfixia con repentinos incrementos a la harina y afecta panaderías, pulperías y consumidores finales

SAN PEDRO SULA.  La industria del pan, un producto de la canasta básica que se comercializa sin controles a pesar de las canonjías que recibe de parte del Estado.

Eso lo ha comprobado una investigación de campo efectuada por periodistas de Diario TIEMPO Digital a esta poderosa industria. El pan es uno de los alimentos de un alto consumo en el país y es un ingrediente casi imprescindible en las mesas de los hogares y la gastronomía hondureña.

Tras la producción del pan existe una cadena de producción que comienza en los molinos, empresas que imponen precios y calidad. Una de esas empresas es Molino Harinero Sula que tiene la mayor cartera de panaderías, a las cuales les provee harina para hacer el pan que finalmente llega a las personas que compran en estas y en las pulperías.

La Cámara de Comercio e Industrias de Cortés (CCIC) nos proporcionó la cantidad de molinos y panaderías que tienen actividad en la ciudad industrial del país. Uno de ellos es Molino Harinero Sula, empresa que tiene la mayor cartera de clientes, tales como panaderías, a las cuales les provee harina para hacer el pan que finalmente llega a las personas que compran en éstas y en las pulperías.

De acuerdo a nuestras indagaciones, hay una falta de control en esta industria y de la cual hay una gigantesca demanda. No obstante, personas en los barrios, en las colonias y hasta los mismos empresarios de panaderías dijeron que cada vez que hay un aumento, no les toca más que aceptarlo para seguir operando, aunque las ventas bajen.

¿Quién controla el precio de la harina? ¿Cómo se calcula o cuál es la fórmula para declarar el aumento? ¿Por que se comunica el aumento de manera informal y sin detalles? ¿Por qué finalmente nadie se queja?

Muchas interrogantes pueden quedar en el aire, por tal razón, Diario TIEMPO trató de contactarse con los ejecutivos de dos molinos reconocidos, Industrias Molineras y Molino Harinero Sula, ambos situados en San Pedro Sula, pero siempre que se les trató de contactar, de una u otra manera mostraron renuencia para dar la información solicitada, lo que aumenta aún más el germen de duda en este rubro que se mantiene en el silencio y sin antecedente severo.

Sus productos son: Harina El Panadero, Harina El Gallo, Mi Pasta, Harina La Rosa
Harina de Maíz Nativa ¿Realmente respetan un congelamiento en el precio de la harina? ¿Respetan el precio en relación a sus clientes aún cuando la harina está exenta del 15% del impuesto sobre venta?

Hablando con Francisco Díaz, propietario de panadería San Antonio de San Pedro Sula, nos dijo que los molinos les avisan de los aumentos en la harina, pero de manera no formal o sin mayores detalles, pues ya en la factura se ve reflejado y a ellos nada más les resta que aplicar las mismas medidas a sus clientes.

Otro empresario de este rubro comentó que cuando hay un aumento en un ingrediente vital del pan, como es la harina, baja la demanda y ellos se ven obligados a producir menos hasta que se estabilice.

Pulperos en San Pedro Sula, que son la penúltima parte de la cadena de distribución del pan, mostraron su malestar ante las notificaciones informales por parte de las panaderías y molinos cuando se da un incremento, pues aducen que sus ventas bajan y en muchas ocasiones es difícil recuperarse; es decir, a veces pierden el producto ante el aumento del precio o a veces se quedan con un rezago, porque si antes compraban una bolsa de pan, tras el anuncio de la subida en el precio, sólo se llevan la mitad.

Se supo que las panaderías para compensar el precio que les imponen sin explicación, a veces tienen que bajarle el tamaño al pan, afectando de esa manera al consumidor final.

Instalaciones de Molino Harinero Sula en la segunda ciudad más importante del país.

DATOS SEGÚN LA CÁMARA DE COMERCIO E INDUSTRIAS DE CORTÉS

Ana Contreras, oficial de información de la Cámara de Comercio e Industrias de Cortés (CCIC), dio algunos datos de las panaderías y molinos establecidos en San Pedro Sula.

«Contamos con base de nuestros socios, lo cual no es obligatorio y son las empresas que pagan una cuota mensual a la cámara, tenemos nombres, pero no es todo lo que existe en San Pedro Sula, ya que no es obligatorio afiliarse».

La harina es una de los ingredientes bases en la fabricación del pan

MOLINOS: 

  • Molino Harinero Sula, S.A., ubicado en el KM2 carretera Puerto Cortés, Bulevar del Norte y con desvío a Expocentro, su actividad es industrias molineras.
  • Molino de Honduras S.A DE.C.V, situado en la Avenida Nueva Orleans, salida a Chamelecón, frente al Técnico Alemán, cuya actividad es café-exportadoras.
  • Además, Molino de Café Maya, S.A DE.C.V, ubicado en el Barrio San Fernando, salida vieja a La Lima, contiguo a Didemo y su actividad es café-exportadoras.
  • Industrias Molineras S.A DE C.V. (IMSA), curva La Victoria, sector Lopez, Choloma.
  • Bufinsa Molinos, con dirección Bufalo, C.A, Villanueva

PANADERÍAS:

Nombres de las panaderías que operan en San Pedro Sula. Fuente: Cámara de Comercio e Industrias de Cortés

Por otro lado, conversamos con Carlos Segura, jefe de la dependencia de Protección al Consumidor en San Pedro Sula, dijo a TIEMPO que siempre tratan de estar alerta y vigilando que no se alteren los precios de los productos sobretodo cuando hay congelamientos.

«Nos enfocamos en los precios cuando hay un congelamiento o cuando vemos las fechas de vencimiento, llegamos a supermercados y bodegas, entonces miramos que cumplan con los precios establecidos en la bolsa. La última vez creo que fue en 2016, cuando hubo un congelamiento en el que entraron varios productos, incluyendo el pan.

Las declaraciones de Segura dejan de forma marcada la falta de control constante en este rubro y la carencia de denuncias por parte de la ciudadanía muestra la falta de interés o el conformismo al momento de recibir un golpe en el precio (incremento) del pan, algo que es parte de cada de día.

SÉPALO

El alto costo de la materia prima, sumado al constante incremento de la energía eléctrica y los combustibles, ha hecho que algunas micro-industrias productoras de pan hayan cerrado operaciones en la zona norte.

¿CÓMO DENUNCIAR?

En Honduras existe la Ley de Protección al Consumidor, aprobada en abril de 1989. Bajo esta normativa fue creada la Dirección de Protección al Consumidor (DPC), que es administrada por la Secretaría de Desarrollo Económico. Sin embargo, son muchos los consumidores que desconocen sus derechos y cómo denunciar abusos de los proveedores de productos o servicios.

En este artículo le decimos cómo, cuándo y por qué interponerla ¿Por qué? El artículo 8 de la Ley de Protección al Consumidor establece los derechos. El consumidor puede denunciar por cualquier daño o perjuicios a la salud o seguridad humana por la adquisición de bienes y servicios. Tiene derecho a reclamar por la falta de información sobre un producto, por la publicidad engañosa o falsa y a renegociar cláusulas de contratos que son onerosas.

EL PROCESO

Una vez puesta la denuncia, la autoridad de la DPC hace una citación a ambas partes para una audiencia conciliatoria. Si el denunciante no se presenta, se da por finalizado el reclamo, pero si es el denunciado el que no asiste, se aplica una multa que va desde uno a 10 salarios mínimos, dependiendo de la capacidad económica.

Si no cumple o reincide se aplica una multa más alta. La multa debe ser enterada a la Tesorería General de la República en un plazo de 15 días. El 70% de las multas es destinado al fortalecimiento de la Dirección de Protección para programas. En caso de incumplimiento, el consumidor puede rescindir el contrato con derecho a la devolución de lo pagado, según el artículo 32 en su numeral 4.

El proveedor del bien o servicio tiene la obligación de otorgar una garantía no menor a 60 días. La ley contempla multas desde uno a 10,000 salarios mínimos y en última instancia se cierra el establecimiento hasta por un mes.

La privación de libertad será de uno a cinco años en los casos de acaparamiento de bienes de consumo esencial; por negligencia inexcusable al prestar un servicio y por importar materias primas que estén prohibidas por el país de origen.

Productos exentos del 15% de impuesto sobre ventas en Honduras

El impuesto sobre ventas (ISV) es un tipo de tributo que esta gravado en algunos artículos de consumo o en la prestación de algunos servicios. En Honduras se cobra actualmente un 15% de ISV a cualquier producto que se ponga a la venta y que no se encuentre dentro de la lista de exenciones tributarias.

Lista de productos que no pagan ISV:

  • Los productos farmacéuticos.
  • La canasta básica (incluye harina)
  • Maquinas y equipo para generación de energía eléctrica.
  • Gasolina, diésel, bunker, queroseno, gas LPG, petróleo crudo.
  • Libros, diarios periódicos, revistas científicas, técnicas y culturales, cuadernos, útiles escolares, pinturas y esculturas artísticas.
  • Cueros y pieles de bovino destinadas a la pequeña industria y artesanía.
  • Los Servicios de energía, agua potable y alcantarillado.
  • Servicios de construcción.
  • Honorarios profesionales
  • Transporte Terrestre de pasajero.
  • Servicios Bancarios y financieros.
  • Los miembros del cuerpo Diplomático.
  • Los bienes usados.

El Código Tributario ha establecido un régimen simplificado del impuesto sobre venta para las personas naturales o jurídicas que tengan un solo establecimiento de comercio y cuyas ventas gravadas no excedan los L.250,000.00) anuales. Estas personas no serán responsables de la recaudación del impuesto, quedando únicamente obligados a presentar una declaración anual de ventas.

Los responsables de pagar ISV están obligados a declarar mensualmente, solo podrán acogerse al Régimen simplificado cuando demuestren que en los dos años fiscales anteriores se cumplieron por las condiciones establecidas para tal régimen.

No están obligados a llevar una contabilidad, pero deberán anotar diariamente las compra-ventas que efectúen. Las personas naturales y jurídicas comprendidas en el Régimen simplificado que hayan realizado ventas en el año fiscal inmediatamente anterior, hasta por un monto de L60,000.00, no serán responsables de la recaudación del impuesto, ni estarán obligados a presentar declaración. Todos los pagos del ISV se realizarán en el SAR (Sistema de Administración de Rentas).

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