TEGUCIGALPA, HONDURAS. El Ministerio Público (MP) informó que un juez condenó a siete años y seis meses de reclusión al primo de los hermanos Valle Valle, Héctor Adonay Murcia Valle, por el delito de lavado de activos.
Mediante una nota de prensa el Ministerio Público, indicó que el imputado aceptó los cargos impuestos y se sometió a un procedimiento abreviado.
Murcia Valle es una de las diez personas que fueron capturadas el pasado 4 de febrero de 2019 en la «Operación Cerbero«, ejecutada por la Dirección de Lucha Contra el Narcotráfico (DLCN).
Las otras nueve personas imputadas son:
- José Reynerio Valle Valle
- Félix Antonio Gutiérrez
- Patrona Interiano Paredes
- José Humberto Gutiérrez Cueva
- María Lilibeth Asmón Interiano
- Francis Jeovanny Méndez Pineda
- Oscar Guillermo Cuestas Valle
- Esmilda Hurtado
- Yannet Morlovin Martínez García.
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Investigaciones
Según el MP, este caso está relacionado con las investigaciones que en el transcurso de los años se han realizado contra la estructura criminal liderada por los señores Miguel Arnulfo y Luis Alonso Valle Valle. Las indagaciones sobre el clan iniciaron en el año 2000.
Asimismo, esas investigaciones derivaron en procesos penales, uno de los cuales culminó con la condena dictada por el delito de facilitación de medios de transporte para el tráfico de drogas contra el señor Luis Valle Valle en fecha 8 de febrero de 2003.
Durante la operación se ejecutaron 22 allanamientos de morada, dos negocios inspeccionados, aseguramientos sobre 13 bienes inmuebles y 32 vehículos en los departamentos de Copán, Cortés, Santa Bárbara y Atlántida.
Acusaciones del MP
La Fiscalía Especial Contra el Crimen Organizado (FESCCO) alegó que los imputados tienen vínculos con el clan Valle Valle mediante transferencias y trasladado de dinero a través del sistema financiero, administración en sociedades mercantiles, traspasos de bienes y otros.
“El Ministerio Público pudo constatar que los activos, objeto de dichos actos, no tienen causa o justificación económica ni legal de su procedencia. En virtud de los antecedentes mencionados, proceden de actividades relacionadas con la narcoactividad”, cita la nota.
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