TEGUCIGALPA, HONDURAS.- Fiscales de la Unidad Especial contra los Delitos Electorales del Ministerio Público obtuvieron ayer, lunes, una sentencia condenatoria en contra de una mujer acusada de falsificación de documentos electorales en perjuicio de la Constitución de la República.
Se trata de la ciudadana Orestes Rocío Casula Vázquez a quien, tras la aplicación de un procedimiento abreviado, el juez determinó condenarla a una pena de tres años más 225 días multa.
Orestes Rocío Casula Vásquez se desempeñó como secretaria propietaria de la Junta Receptora de Votos No. 8844 en representación del Partido Nacional.
Según las investigaciones, en el centro de votación ubicado en el instituto “Técnico Cultura Popular”, a la dama se le denunció de falsificación.
En ese sentido, en atención a una solicitud que presentó su defensa, se aplicó un procedimiento abreviado. Con ese proceso se dejó claro la aceptación por parte de la imputada de cometer el ilícito antes mencionado.
Por otra parte, fiscales contra delitos electorales recientemente comparecieron a la audiencia inicial en contra de Rossel Dagoberto Cárdenas por considerarlo responsable también de falsificación de documentos electorales.
El juez competente, luego de evacuarse la prueba, resolvió dictar auto de formal procesamiento y medidas sustitutivas de la prisión preventiva en contra del encausado. Mientras que, la audiencia preliminar está prevista para el día 15 de marzo en horas de la mañana.
Primera condena por falsificación de documentos electorales tras proceso general de elecciones de noviembre de 2021 https://t.co/TZ2NxwzWDD pic.twitter.com/P3vy2BTodk
— Ministerio Público (@MP_Honduras) March 7, 2022
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Cuatro requerimientos por adulteración de actas electorales
Luego de las elecciones generales del pasado 29 de noviembre del 2021, Cristian Nolasco, comandante de comunicaciones de la Dirección Policial de Investigaciones (DPI), confirmó que al menos 20 denuncias por delitos electorales tenían en su poder.
En ese sentido, fiscales de la Unidad Contra Delitos Electorales presentaron cuatro requerimientos en contra de cinco personas que ocuparon el cargo de secretarios de Juntas Receptoras de Votos (JRV) en el pasado proceso electoral.
Según el MP, los sospechosos hicieron “alteraciones realizadas de manera dolosa” que favorecieron a candidatos a diputado de dos partidos políticos. Los fiscales solicitaron al juez competente que se libren las respectivas órdenes de captura.
La imputación penal para las cinco personas es por el delito de falsificación de documentos electorales. Ese ilícito se tipifica en el artículo 543 del Código Penal. El mismo establece lo siguiente:
«Quien falsifica documentos electorales debe ser castigado con las penas correspondientes al delito de falsificación de documentos públicos y pérdida de la ciudadanía por el mismo término que dura la pérdida de la libertad.
Los requerimientos surgieron a partir de las denuncias que presentaron los señores Fausto Cálix, Marlen Alvarenga y de oficio tras las irregularidades detectadas por el personal administrativo del Consejo Nacional Electoral (CNE) luego de la verificación administrativa por conteo público de actas de diputados y procesos de impugnaciones.
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