TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Superintendencia de las Alianzas Público Privadas (SAPP), confirmó este miércoles la intervención del contrato para la reducción de pérdidas suscrito entre la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y la Empresa de Energía Honduras (EEH).
“Se configura el derecho de intervención del contrato por parte de la SAPP, según funciones, atribuciones y facultades por la Ley. Se procede a la intervención del contrato con duración de 12 meses prorrogables”, escribió en su cuenta de Twitter, el superintendente, Leo Castellón.
Se configura el derecho de intervencion del Contrato por la @sappgobhn según funciones, atribuciones y facultades por la Ley, por lo que PROCEDE A LA INTERVENCION DEL CONTRATO con duración de 12 meses prorrogables a partir de la Comunicación Oficial a la @EnergiaHonduras pic.twitter.com/jjehU6ibta
— Leo Castellon Hirezi (@LeoCastellonH) September 1, 2021
Castellón enfatizó que conforme al contrato de SAPP son normas de regulación convencional las que expresamente se consignan en los contratos de servicios prestados por la ENEE y en estricta observancia de estas normas, el 17 de agosto pasado, esta Superintendencia procedió oficialmente a notificarle previamente al inversionista operador de EEH, las causas que darán lugar a declarar formalmente la intervención del contrato, señalando el plazo para subsanarlas.
Sin embargo, estando en curso el plazo señalado que se cumplió ayer, martes, 31 de agosto, en los registros de la Superintendencia no se registra el ingreso de documentos por parte del inversionista operador en el cual conste que subsana la causa de intervención notificada previamente.
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Configuración del derecho a la intervención
En consecuencia -prosiguió Castellón- ha dejado de utilizar el derecho que establece el contrato.
Por el hecho de no utilizar EEH su derecho, aplicando la norma regulatoria contenida en la parte final del literal B, de la cláusula cuadragésima primera, se configura el derecho de intervención del contrato por parte de la SAPP. Esto, según sus funciones y facultades otorgadas por la ley, por tanto procede a la intervención del contrato.
La intervención del contrato tendrá una duración de 12 meses prorrogables y contados a partir de la fecha de entrega de la comunicación oficial.
El funcionario remarcó que “por lo anterior se le autoriza a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) para que, a partir de la entrega de la comunicación oficial a EEH, asuma la responsabilidad de la prestación de los servicios conforme se establece en el contrato».
Venció el plazo
El pasado 17 de agosto, la Superintendencia de la Alianza Pública-Privada (SAPP), notificó a EEH la intervención del contrato suscrito con la ENEE.
Ante ello, la SAPP dio 10 días a la EEH para que subsanara la causa de la intervención, citando que la misma sería por el incumplimiento del punto III que se refiere a “poner en peligro grave la prestación de los servicios o el objetivo del incumplimiento del objeto del contrato”.
La SAPP es la que se encarga por parte del gobierno, tras disolver la Comisión de la Alianza Pública-Privada (Coalianza), como el ente regulador del contrato para la recuperación de pérdidas en los servicios prestados por la ENEE, para la ejecución de distribución y flujo financiero.
EEH reclama que la ENEE incumple el pago de la tarifa que acordaron. De 15 millones de dólares mensuales únicamente se les abona un poco más de 11 millones de dólares. La cifra anterior genera un diferencial de unos cuatro millones de dólares.
En ese sentido, la EEH demandó ante un juzgado civil de Honduras a ENEE por el pago de más de cuatro mil millones de lempiras.
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