Tegucigalpa, Honduras.- La ministra de Finanzas, Rixi Moncada, se pronunció este día en Twitter sobre la vigente Ley del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad aprobada en el año 2011 en el Gobierno de Porfirio Lobo Sosa y cuando Juan Orlando Hernández fungía como presidente del Poder Legislativo.
«Repudio el siniestro Consejo de Seguridad, a través del cual se intervenían teléfonos y pagaban hordas de orejas para vigilar a la resistencia», publicó.
Y agregó que «se fabricaban pruebas para perseguir selectivamente, operando como infra Estado, con Ley de Secretos y violando derechos a mansalva».
«No merecen respeto, quienes fueron cómplices con su silencio de muerte y ahora se oponen con gran rabia a la legítima decisión de la Presidenta Xiomara Castro«, dijo.
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En ese sentido, subrayó que la nueva Ley que se busca aprobar tiene como objetivo desmontar y construir un verdadero sistema, capaz de prevenir y combatir la criminalidad que acecha contra el pueblo.
Asuntos que conocerá el nuevo CNDS
La nueva normativa del CNDS tendrá la finalidad de coordinar, organizar y articular la política en la materia. Por tanto, enumera los asuntos que conocerá, entre ellos:
- La integración y coordinación de los esfuerzos orientados a preservar la Defensa y Seguridad Nacional;
- Los lineamientos que permitan el diseño de políticas generales para la Defensa y Seguridad Nacional;
- El Programa para la Defensa y Seguridad Nacional y la definición anual de una Agenda Nacional de Riesgos;
- La evaluación periódica de los resultados del Programa y el seguimiento de la Agenda Nacional de Riesgos;
- Los programas de Cooperación Internacional, en materia de Defensa y Seguridad;
6. La adopción de las medidas necesarias para la Defensa y Seguridad Nacional, dentro del marco de atribuciones previstas en la presente Ley y en otros ordenamientos aplicables o supletorios;
7. Delimitar los lineamientos para que la Secretaría Ejecutiva preste auxilio y colaboración en materia de Seguridad Pública, procuración de justicia y en cualquier otro ramo de la Administración Pública que acuerde el Consejo;
8. Autorizar los procesos de clasificación y desclasificación de información en materia de Defensa y Seguridad Nacional, y
9. Los demás que establezcan otras disposiciones aplicables o la Presidencia de la República.
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