Se sabe que este es un año de especial atención e importancia en el entorno y contexto político-electoral, ya que se albergan tanto elecciones primarias realizadas en marzo pasado, como elecciones generales que se realizarán el próximo 28 de noviembre de 2021, en donde los hondureños eligieran a través del voto representativo a sus autoridades en el nivel presidencial, diputaciones y alcaldías como los más relevantes.
A pesar de ser, quizá, las elecciones más importantes en los últimos años o al menos las que más expectativas han generado en el país, aún no se tienen reglas claras con respecto a la parte procedimental y que esta juega un papel fundamental en el tema electoral. Desde el Congreso Nacional a inicios de año se aprobaron -reformas electorales- por parte de las tres fuerzas políticas que integran la mayoría en dicho poder del Estado.
En ese sentido, se potenciaron reformas superfluas y que verdaderamente no eran las más adecuadas para el actual sistema político-electoral con el que cuenta el país, ya que para revestir de verdadera transparencia y sobre todo legitimidad no solo el próximo proceso electoral, sino los siguientes, se necesita de reformas altamente demandantes como ser una segunda vuelta electoral, la implementación del tan aclamado voto electrónico y fomentar la despolitización de los órganos de control, que para el caso electoral, los llamados serían el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE).
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Dentro de ese paquete de temas inconclusos, está pendiente la aprobación de una Ley Procesal Electoral, que hasta la fecha muchos de los sectores en el país han manifestado la necesidad y el llamado al Congreso para que discuta y apruebe la misma, ya que es de vital importancia contar con una nueva Ley Procesal para que las reglas estén claras al momento en que el TJE ejerza su función jurisdiccional que por ley le fue conferida.
El trabajo realizado hasta el momento por el TJE, a pesar de no contar con su ley ha sido bastante bueno, ya que se ha apoyado en legislación complementaria como ser la Ley de Procedimiento Administrativo, el Código Procesal Civil, la Guía Didáctica de Recursos de Apelación y el Acuerdo de Creación del Manual Procesal sobre Recuento Jurisdiccional para dar un par de ejemplos, y, que le han servido para superar al menos las elecciones primarias, pero sin imaginar aún el reto que supondrán las elecciones generales.
El reto se puede ver incrementado, si no se entrega en su totalidad el Documento Nacional de Identificación (DNI) por parte del Registro Nacional de las Personas (RNP), ya que si tomamos como experiencia previa las primarias pasadas, el contar con dos documentos de identificación ocasiona que el CNE tenga que habilitar un cuadernillo normal y un cuadernillo especial lo que generó graves problemas, en el sentido de que hubo personas que votaron más de una vez, otras no aparecían en ninguno de los dos, incluso se llegó a recibir denuncias de personas que votaron con el pasaporte, todo esto contribuye a la opacidad e irregularidades en las mesas.
Si a lo anterior le sumamos que el censo no queda definido y que las personas en las mesas receptoras de votos no cuentan con la debida capacitación, se podría vislumbrar un panorama donde se exija mucho más a la justicia electoral, ya que para las elecciones primarias se presentaron 290 impugnaciones ante el CNE de las cuales se desprendieron 45 recursos de apelación para que el CNE le diera traslado al TJE. Se debe prestar atención a que en el proceso primario solo participaron las tres fuerzas políticas, pero en el proceso general serán 16 candidaturas presidenciales y 14 partidos políticos en total los que integrarán los comicios, lo que generará, según la misma dinámica, que la cantidad de impugnaciones y de recursos de apelación serán muchos más en comparación a las primarias.
Además, bajo un escenario de que exista un pequeño margen entre un candidato y otro, sería la justicia electoral la que actuaría para desempatar y elegir al nuevo presidente, diputado o alcalde según sea el caso, pero como podemos exigir que ese trabajo sea realizado por un TJE al que se le ha negado la oportunidad de contar con reglas claras a
través de la Ley Procesal. Por ejemplo, el caso de Perú en las elecciones pasadas fue la justicia electoral quien determinó quién sería el nuevo presidente del país, pero eso solo se puede lograr cuando la justicia en este caso electoral goza de reconocimiento y legitimidad por parte de todos los candidatos que se presentan a elecciones y que no se sabe si será el caso en Honduras.
Finalmente, urge la aprobación de la Ley Procesal Electoral como primer hito de control, luego la implementación de las reformas electorales restantes y que son las más importantes, así como, la capacitación integral de los miembros de las mesas por parte del CNE y no delegar nuevamente a los partidos políticos ¡para así tener elecciones limpias, transparentes y revestidas de legitimidad!
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