TEGUCIGALPA, HONDURAS. Después de más de un año de las restricciones establecidas por la pandemia de COVID-19, España abrió sus fronteras para retomar el turismo.
Sin embargo, ya se dieron a conocer cuáles son los nuevos requisitos que los viajeros deben de tomar en cuenta para poder ingresar a ese territorio.
Las autoridades españolas decidieron aceptar turistas de todo el mundo porque está a punto de comenzar el verano y consideran esta temporada como la más importante para la economía del país.
España se encuentra dentro de la denominada “Zona Schengen”, esta es un área en la cual no existen controles fronterizos internos y es por esto que todos los países que la componen exigen los mismos requisitos básicos de entrada.
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Requisitos por COVID-19
Este es el listado de los nuevos requisitos que turistas de todo el mundo deben cumplir para ingresar a España:
- Estar completamente vacunado contra el COVID-19 al menos 14 días antes de llegar a España con las vacunas de Pfizer, Moderna, AstraZeneca o Jonhson & Jonhson, autorizadas por la agencia Europea del Medicamento (EMA) o las vacunas chinas Sinopharm y Sinovac.
2. Debe presentar una prueba de COVID con resultado negativo, realizado 48 horas antes de su llegada a España (puede ser PCR o prueba rápida) o una prueba de recuperación tras haber sufrido el coronavirus.
3. Todos los turistas que lleguen vía marítima o terrestre a España deberán completar un formulario de control sanitario en la web llamada Spain Travel Health.
4. Para las personas que se encuentran en Europa y viajan a España vía terrestre, se habilitó un código QR con el que avalarán que el turista no tiene COVID-19.
Cabe señalar que los únicos turistas que no podrán ingresar a España son los que viajan desde Sudáfrica, Brasil e India debido a las variantes de la enfermedad que se han presentado en esas naciones.
Otros documentos requeridos
Ciertos países han llegado a acuerdos paralelos con los estados Schengen para que sus ciudadanos puedan circular con libertad por su territorio durante 90 días en un período de seis meses sin necesidad de un visado.
Los únicos requisitos son:
- Contar con un pasaporte en vigor
- Un pasaje de ida y vuelta
- Un justificante de alojamiento
- Prueba para demostrar que se dispone de los medios económicos suficientes para costear la estancia durante el total de su duración.
Aunque no sea necesario contar con un visado, resulta aconsejable tener a manos esos documentos por si pudieran ser requeridos por las autoridades en los controles de pasaporte.
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