TEGUCIGALPA, HONDURAS. La Sala III del Tribunal de Sentencia de Tegucigalpa negó la solicitud de la defensa del exministro de la Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (SOPTRAVI), José Rosario Bonano, que buscaba beneficiarlo con el decreto de amnistía.
El Poder Judicial recordó que el pasado 8 de marzo, la juez Karla Romero interpuso un recurso de inconstitucionalidad en contra del decreto de amnistía.
A través de un informe, el Tribunal dijo que “los órganos jurisdiccionales podrán solicitar de oficio a la Sala Constitucional que declare la inconstitucionalidad de una ley o de algunos de sus preceptos y su derogación, cuando conociendo en cualquier procedimiento judicial, consideren que la ley o alguno (s) de sus preceptos aplicable al caso, es contrario a la Constitución de la República o a un Tratado o Instrumento Internacional, y que de dicha ley o precepto legal depende el fallo que deben dictar”.
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Asimismo, agregó que el órgano jurisdiccional que solicite la declaración de inconstitucionalidad, dictará una resolución motivada. Esa resolución señalará con claridad la ley o precepto legal que supone violatorio de la Constitución.
Por lo anterior, el Tribunal de Sentencia informó que la solicitud de ampararse bajo la Ley de Amnistía fue denegada. En ese sentido, el expediente del juicio que mandó a repetir la Sala Penal, aún está pendiente de desarrollarse a la espera de su resolución.
Por otro lado, el informe del Poder Judicial indica que el Ministerio Público (MP) ya retiró los recursos sobre el decreto de la amnistía.
Según se detalla, la Fiscalía Especial de la Defensa de la Constitución examinará el decreto y una vez revisado se continuará el análisis por parte de la Sala Constitucional.
Acusaciones a Bonano
Bonano es investigado desde 2011 por presunta corrupción, luego de un informe especial de obras públicas presentado por el Tribunal Superior de Cuentas (TSC). El documento pone al descubierto irregularidades en el proyecto Construcción y pavimentación de la carretera La Esperanza-Marcala, sección II.
Según el expediente judicial, lo anterior lo habría ejecutado durante el período entre el 28 de julio de 2003 y el 30 de septiembre de 2009.
De acuerdo con el TSC, las exautoridades de SOPTRAVI no ejecutaron las garantías de fiel cumplimiento y anticipo, pese a haberse vencido el contrato de construcción sin que se concluyeran las obras contratadas.
Tampoco se aplicaron multas por el desfase presentado en la ejecución de las obras. Además, se hicieron modificaciones al contrato cuando ya había terminado su vigencia anterior y se renovaron garantías cuando ya había vencido su vigencia.
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