TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La reforma al artículo 439 del Código Penal que se relaciona con el delito de lavado de activos representa un retroceso en el combate a la criminalidad organizada, específicamente el tráfico de drogas, delitos de corrupción, y lavado de activos. Así se pronunció este martes el Ministerio Público (MP) en relación a las reformas a las leyes penales que aprobó el Congreso Nacional.
Mediante un comunicado, el ente acusador del Estado señaló que la adopción de un sistema de «numerus clausus», es decir, un listado en la determinación de los delitos precedentes en el tipo penal de lavado de activos limita el ejercicio de la acción penal pública, debido a que el MP deberá acreditar que los bienes objeto del lavado provienen expresamente de algunos de los delitos señalados en esa lista. Aunque la persona que se investigue no logre justificar el origen lícito de los mismos.
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Se volverá al procedimiento inquisitivo advierte el MP
Además, el MP mostró preocupación porque las barreras que suponen las referidas reformas al desnaturalizar el proceso acusatorio supone volver al procedimiento inquisitivo. Eso significa que se le otorgarán al juzgador facultades de investigador.
«Para la práctica de diligencias investigativas por el delito de lavado de activos será necesario contar con la autorización judicial para que las instituciones financieras puedan brindar información a los fiscales sobre la persona investigada. El delito de lavado de activos por su naturaleza y en las economías globalizadas los capitales se mueven o transfieren con gran facilidad. Por tanto, se necesitan herramientas ágiles y oportunas para combatirlo de manera eficaz. Por esa razón, su abordaje requiere de un tratamiento especial y diferente al que se sigue para la investigación de otros delitos», puntualizó el MP.
Ante ello, la fiscalía advirtió que de entrar en vigencia las reformas, presentarán los recursos respectivos para proteger los intereses generales de la sociedad. Asimismo, aseveró que garantizará el respeto y cumplimiento de los derechos y garantías que establecen la Constitución y las leyes del país.
Reformas al nuevo Código Penal
En una reunión virtual, el CN aprobó el pasado jueves 7 de octubre, nuevas reformas para el Código Penal, entre las cuales destacan un aumento a la penas.
Las reformas se aprobaron con la participación de más de 60 congresistas en la vigésima quinta sesión legislativa.
Entre las reformas que se hicieron a los artículos del Código Penal, se encuentra que ahora el delito de trata de personas ya no tendrá una pena de 5 a 10 años, sino que será de 10 a 15 años.
Además, si se comprueba que hubo intimidación, pagos o la víctima sea menor de 18 años, se le aumentará a la pena a tres años más.
Sobre el delito de desplazamiento forzado, la pena de 6 a 9 años aumenta en 1/3. Esto ocurrirá cuando haya una asociación para delinquir o para beneficio de esta.
En ese sentido, también aumentará la pena si se comprueba que el autor tiene la condición de autoridad, funcionario o empleado público. Lo mismo pasará si el crimen se comete en perjuicio de personas discapacitadas, menores de edad o personas de la tercera edad.
Respecto al delito de de extorsión se agregó que se incrementa 1/3 de la pena si a causa de este crimen se registra el cierre de una empresa o negocio de cualquier naturaleza.
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