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viernes, noviembre 22, 2024

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Tegucigalpa, Honduras. El diputado del Partido Nacional, Nelson Márquez, dijo que le parece increíble que el Consejo de Ministros obvie la Ley de Contratación y plantea que debe eliminarse artículo 289.

«La convocatoria que nos hizo la Comisión de presupuesto con el artículo 289 de las disposiciones de presupuesto… ese artículo 289 es increíble. A mí me pareció increíble que el Consejo de Ministros, que el presupuesto General de la República esté solicitando que durante todo el año 2023 se obvie la Ley de contratación del Estado«, expresó.

Nelson Márquez PN
Denuncian que artículo permitiría a ministros hacer contrataciones directas.

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En ese sentido, agregó que los ministros podrían a «discreción y sin consultar con la presidenta de la República; y lo dice así, tan directa, tan descaradamente. Sin consultar con la presidenta de la República poder realizar durante todo el año contrataciones directas».

Trasfondo

Márquez plantea que esta situación les genera pensamientos como que «hay algunos que se quieren pasar de vivos y le quieren jugar la vuelta a la presidenta. También se cuestionó si la presidenta estaría siendo «demasiado permisiva con sus ministros«, agregó.

Ley de contratación
Según Márquez, no se consultaría a la presidenta.

Asimismo, señaló que otros reaccionaron hasta que los de su partido se pronunciaron. «Después de que nosotros lo denunciamos, salió don Edmundo Orellana y señaló ese mismo artículo. Pero si don Edmundo fue parte del Consejo de Ministros que construyó este proyecto de presupuesto«, dijo.

Incluso refirió que Noé Pino habría afirmado que «estuvo en la página de la Secretaría de Finanzas desde el mes de septiembre».

Solicitan que se elimine el artículo 289

Consecuentemente, el diputado del PN dijo que no se podía dejar en un proyecto de presupuesto establecido un apartado donde se valide que los ministros hagan contrataciones directas. Por ende, refirió que debería eliminarse dicho apartado. «Ese artículo no es de prestarle atención, es de eliminarlo, solo se pueden realizar contrataciones directas cuando hay una emergencia declarada», finalizó.

Artículo 289

«Con base a lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Contrataciones del Estado, se autoriza a las secretarías de Estado desconcentradas y descentralizadas para que en el ejercicio de sus facultades puedan contratar utilizando la modalidad de contratación directa. Bajo el procedimiento especial sin que esta requiera de la autorización de la presidenta de la República, establecida en el artículo 63 de la referida Ley o del Órgano de Dirección Superior cuando se trate de las Instituciones Descentralizadas.

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