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viernes, noviembre 22, 2024

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SANTA BÁRBARA, HONDURAS. El hallazgo de una una señora que había desaparecido hace unos días, se reportó este lunes, con signos de violencia grotescos y semienterrada. 

El hecho se produjo en el municipio de Santa Rita, Santa Bárbara, zona occidental del país. Específicamente, en la carretera que conduce a la aldea Buenos Aires, lugar donde residía la fémina.

La víctima respondía en vida al nombre de Brenda Pineda. A ella la estaban buscando desde el momento que desapareció, según la información que trascendió.

Además, las autoridades policiales indicaron que Brenda tenía el pelo quemado al momento de su hallazgo. También, agregaron que la habrían descuartizado y posteriormente semienterrado en la zona antes descrita.

Por otro lado, informaron que la fémina tenía aproximadamente cuatro días de haber desaparecido. Asimismo, mostraba señales de que fue víctima de abuso sexual.

Tras lo ocurrido, personal de Medicina Forense se personó al lugar y realizó el levantamiento del cuerpo de la mujer. Luego, lo trasladaron hacia la morgue del Ministerio Público en la región.

En tanto, las autoridades anunciaron que se encontraban investigando este crimen contra la mujer. Sin embargo, por el momento desconocen las razones que lo habría n originado y el paradero de los responsables.

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¿Qué delito se le podría imputar al responsable de este crimen?

Según el Código Penal, en el artículo 118-A, incurre en el delito de femicidio, el o los hombres que den muerte a una mujer por razones de género, con odio y desprecio por su condición de mujer y se castigará con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) años de reclusión, cuando concurran una o varias de las circunstancias siguientes:

1) Cuando el sujeto activo del delito mantenga o haya mantenido con la víctima una relación de pareja, ya sea matrimonial, de hecho, unión libre o cualquier otra relación afín en la que medie, haya mediado o no cohabitación, incluyendo aquellas en las
que se sostiene o se haya sostenido una relación sentimental;

2) Cuando el delito esté precedido de actos de violencia doméstica intrafamiliar, exista o no antecedente de denuncia;

3) Cuando el delito este precedido de una situación de violencia sexual, acoso, hostigamiento o persecución de cualquier naturaleza; y,

4) Cuando el delito se comete con ensañamiento o cuando se hayan infligido lesionados infamante, degradante o mutilaciones previas o posteriores a la privación de la vida.


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