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viernes, noviembre 22, 2024

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. Un proyecto de emergencia que busca proteger los recursos naturales del país presentó el diputado Carlos Zelaya ante el Congreso Nacional.

La vigencia del plan, en caso de ser aprobado por una mayoría designada en la cámara legislativa, sería de 10 años. La intención es reducir la explotación de los bosques, la minería y la disminución en el caudal de las fuentes de agua a nivel nacional.

Por el mismo lado, se contempla una reforma al artículo 191 del Código Procesal Penal. Mediante esa enmienda, se endurecerían las consecuencias judiciales contra quienes causen daño a la flora hondureña.

Asimismo, se incluye una ordenanza al Instituto de Conservación Forestal (ICF) y otras entidades para que cancelen permisos de operación que sean nocivos con el medio ambiente.

Cabe destacar que Carlos Zelaya es hermano del expresidente José Manuel Zelaya Rosales. La creación de la propuesta se hizo bajo consideración de toda la bancada del partido político Libertad y Refundación (LIBRE).

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Desglose del posible decreto

Mandatos a ICF e INHGEOMIN

La legislación, previa a su aprobación, está compuesta de cinco artículos. En el primero, ordena al ICF y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN) la prohibición de toda actividad relacionada a la explotación de los bosques por una década.

Por el mismo tiempo, también se prohibiría la minería tanto industrial como artesanal. Además, se le instruiría a esas mismas entidades que cancelen todos los permisos, licencias y concesiones (nacionales y extranjeras) que avalen la explotación de bosques en zonas que sirvan para la acumulación de agua.

Asimismo, la cancelación de los contratos aplicaría para las compañías cuya operación esté en áreas protegidas, parques nacionales, reservas, bosques nublados y áreas de turismo. Incluiría las zonas de núcleo y también las de amortiguamiento.

En el mismo sentido, el proyecto también dejaría el mandato al ICF de desarrollar planes de conservación en las mismas áreas previamente mencionadas. Los terrenos implicados serían tanto nacionales como privados. El fin, según especifica el documento, es «recuperar el bosque nacional».

Reformas el Código Penal

La iniciativa de LIBRE modificaría cuatro artículos del Código Penal vigente. Serían el 191-A, 191-B, 191-C y 191-D, mismos que fueron derogados el ocho de mayo de 1997. Su vigencia comenzó el 28 de febrero de ese mismo año.

Por tanto, los delitos relacionados al medio ambiente no tienen consecuencias penales, sólo multas u otros castigos administrativos. La propuesta de esa agrupación política quiere cambiar esa situación.

El inciso «A» pasaría a sancionar con una pena de reclusión de ocho a 12 años a quien cause un incendio poniendo en peligro la integridad corporal o el patrimonio de otros. De igual forma, de cuatro a ocho años para quien genere un incendio de manera culposa sin afectación física a terceros.

También, ese artículo penalizaría al dueño del terreno. El propietario recibiría una sanción de tres a cinco años en la cárcel. Además, prohibiría la utilización de fuego para preparar tierras con fines agrícolas o ganaderos. Quienes actúen así, podrían afrontar un tiempo en prisión de seis a ocho años.

El inciso «B» contempla la penalización de carácter penal para quien, sin autorización, o adulterando disposiciones legales, corte cualquier producto forestal de terreno público. La pena sería de entre nueve y doce años de encarcelamiento. En el caso de que el aprovechamiento no sea con fines comerciales, la pena sería rebajada a un tercio (1/3) de lo estipulado.

Mientras que, el inciso «C» castigaría a quien transporte productos de origen forestal, para su propio beneficio o de terceros con seis a nueve años de cárcel. No importa si el origen de los productos es un terreno público o privado.

Esa pena, pero incrementada por dos tercios, se aplicaría a funcionarios públicos que vendan o autoricen la venta de productos de bosque sin amparo en los procedimientos de la Ley Forestal.

La industrialización ilegal también estaría prohibida por la ley. Quien procese, transforme o exporte los productos con procedencia ilegal también será privado de libertad de nueve a una docena de años.

Permisos artesanales

El artículo cuatro de este proyecto autorizaría al ICF para que extienda permisos artesanales. No obstante, los mismo tendrían validez únicamente para uso doméstico «necesario y racionado».

Cabe destacar que también se vedaría la utilización del transporte pesado para el traslado de cualquier cosa relacionada a un bosque hondureño.

El quinto y último artículo sólo establece que la normativa entraría en vigencia jurídica hasta su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.

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