TEGUCIGALPA, HONDURAS. La jueza de sentencia Karla Lizeth Romero Dávila fue la encargada de tomar la promesa de ley de la presidenta Xiomara Castro.
Según dijo la jueza, su presencia fue con base al artículo 244 de la Constitución de la República, el cual establece que ante a la ausencia del presidente del Poder Legislativo o el presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), debe juramentar un juez de la República.
«Las circunstancias que se dieron en ese momento no eran un escenario planificado. Ni se me había pasado por la mente, pero hice alusión a la Constitución de la República«, manifestó.
Además, explicó que ella no podía reconocer a Luis Redondo como presidente del Legislativo porque si lo hacía su participación estaría invalidada.
«No soy yo la autoridad correspondiente para legitimar una situación como el reconocimiento de un titular del Estado», agregó para un foro televisivo.
Entre tanto, dijo que la Constitución hondureña establece cuáles son los procedimientos a seguir en caso de que haya un escenario atípico como el que actualmente ocurre.
Además, puntualizó diciendo que la solicitud llegó a ella y la aceptó con la condición de que no estuviera presente ninguno de los dos titulares. De los contrario, la jueza Romero hubiera sido incapacitada para juramentar a Xiomara.
«Me envían la solicitud y me piden que conteste, yo dije que sí porque estoy autorizada bajo esos términos», añadió.
Su reacción ante la petición de nombrar a Redondo
La jueza Romero explicó que en el momento en el que ella estaba juramentando a la presidenta Xiomara, hubo personas que la intentaron convencer de que reconociera a Redondo como presidente del Congreso Nacional (CN).
No obstante, ella se refirió a él como «ingeniero Luis Redondo», a lo que otra persona le reiteró que él era el presidente del CN. Inmediatamente la jueza se volteó y aclaró que hay un artículo constitucional que lo prohíbe.
«Desde atrás varias personas estaban tratando de que yo estableciera que el ingeniero Redondo era el presidente del Poder Legislativo y todavía sobresale en la parte de atrás y me dicen no, es el Presidente del Poder Legislativo’, entonces, ahí seriamente dije ‘no, el artículo constitucional me lo prohíbe'», manifestó la jueza.
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Acta firmada por la jueza y Xiomara
El documento firmado por la presidenta y la jueza se ha difundido en las redes sociales. La misma indica que el juramento se hizo por esa vía en referencia al artículo 244 de la Constitución que establece que ante la ausencia del titular del Poder Legislativo o el presidente de la CSJ, se debe hacer ante una jueza de la República.
Es por eso que el acta la firmaron la presidenta Xiomara Castro y la jueza de sentencias Karla Lizeth Romero Dávila.
Durante la toma de posesión, también estuvo presente Luis Redondo, uno de los presidentes de las dos juntas directivas que se juramentaron en el Congreso Nacional el pasado 21 de enero estuvo en el estrado principal. No obstante, su presencia no influía o invalidaba el proceso de juramentación.
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