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viernes, noviembre 22, 2024

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El Tribunal de Justicia Electoral (TJE), falló sentencia a favor de Aixa Gabriela Zelaya Gómez como secretaria de la Juventud del Partido Liberal (PL).

Informaron que eso se debe al nombramiento ilegal de Paul Emilio Zepeda en ese cargo, durante la sesión ordinaria el 19 de agosto de 2020 del Consejo Central Ejecutivo del Partido Liberal (CCEPL). Además, externaron que se infringió el ordenamiento jurídico, sin haberse seguido el procedimiento establecido.

Por tanto, la joven Aixa Zelaya, presentó la nulidad del cargo de Zepeda ante el TJE. Este organismo político la ratificó como secretaria de la Juventud del PL.

Fundamentos jurídicos

Para tomar esta decisión, sostuvieron que el TJE se fundamentó en que, el cargo de la Secretaría de la Juventud es de elección popular. La suspensión o sustitución solo procede mediando el procedimiento establecido en las normas estatutarias y reglamentarias del Partido Liberal, destacaron.

Asimismo, indicaron que existe un acto tácito en el cual se probó que a Aixa Zelaya no se le permitió participar en la sesión virtual celebrada el día 19 de agosto de 2020. Sin embargo, no consta el acto que esta estuviera legalmente suspendida. Tampoco, probaron que hubiese cesado en el cargo para el cual fue electa, extremo ratificado en la declaración testifical de la abogada Edna Carolina Echeverría Haylock, detallaron autoridades.

Además, reiteran que la propuesta del nombramiento de la INJUVEL no se formuló a través de la Secretaría de la Juventud legalmente electa.

Por tanto, sostienen que compete al CCEPL nombrar a los directivos y miembros de las instituciones de conformidad al artículo 45 de los Estatutos y Reglamentos del PL. Ese extremo no fue observado con el nombramiento de Paul Zepeda, revelaron autoridades.

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Sentencia del TJE

Falla Primero: Sin Lugar la impugnación del acto tácito de una supuesta suspensión de funciones del cargo de Secretaría de la Juventud de la ciudadana, Aixa Gabriela Zelaya Gómez. Eso ocurre en virtud de que, no consta en autos que esta estuviera legalmente suspendida o que hubiese cesado en el cargo para el cual fue electa.

Segundo: Con Lugar la nulidad del acto de nombramiento del director del Instituto de la Juventud adoptado en la sesión ordinaria, celebrada en fecha 19 de agosto de 2020 del CCEPL y recaído en el señor Paul Emilio Zepeda.

Tercero: Anular el nombramiento del señor Paul Emilio Zepeda como director del Instituto de la Juventud Liberal (Injuvel), por haberse infringido el procedimiento establecido para su nombramiento, en la cual debe mediar la propuesta previa de la Secretaría de la Juventud.

Cuarto: Por medio de la Secretaría General, comuníquese la presente sentencia al CCEPL para su debido cumplimiento.

Contra la presente sentencia no cabe recurso alguno, sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley sobre Justicia Constitucional, concluye el TJE.


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