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viernes, noviembre 22, 2024

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TEGUCIGALPA, HONDURAS.- El Congreso Nacional, mediante el Ministerio de la Presidencia de la República aprobó una nueva reforma a la Ley de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).

Según informaron, las ZEDE ahora podrán tener arreglos con los municipios donde operen, con el fin de que sigan recibiendo tasas y contribuciones.

Asimismo, se indicó que esta reforma está orientada a fortalecer la economía del país mediante los factores de empleo, salud y educación.

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Reforma 

De acuerdo con lo informado por el Congreso Nacional, se acordó reformar el artículo 2 del decreto No. 32-2021, publicado en «La Gaceta» el 15 de junio de 2021 en la edición No. 35,628.

En ese sentido, se modificó el cuarto párrafo del artículo dos donde se otorgaron exoneraciones y beneficios a las ZEDE. Por ende, luego de la reforma, así se leerá el segundo artículo de la ley:

Artículo 2.- Por tener la consideración de extraterritorialidad, para fines fiscales y aduaneros, a las ZEDE se les considerará Zonas Francas. Las ZEDE se consideran proyectos de interés nacional. Las autoridades aduaneras deben otorgar a las exportaciones que las ZEDEs realicen, así como las importaciones cuyo destino sea una  ZEDE, el mismo tratamiento que se otorga a la mercadería en tránsito internacional. Las importaciones y exportaciones que se realicen hacia y por las ZEDE se consideran como operaciones que inciden en la balanza comercial del país debiendo en consecuencia quedar registrados en el sistema de aduanas las respectivas importaciones y exportaciones. Lo anterior sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo No.25 de la Ley del BCH.

 

Ninguna autoridad debe imponer a las ZEDEs barreras no arancelarias para el ingreso de insumos, bienes y servicios a las mismas. Las empresas que operen en una ZEDE no pueden ser discriminadas en sus relaciones con entes u órganos públicos o privados. Se les debe prestar servicios o proveer de bienes en iguales condiciones a aquellas por las que les presta a otros, con la misma calidad y condiciones.

El párrafo cuatro del artículo dos de la ley de las ZEDE se modificó donde se les faculta para que hagan acuerdo con municipios donde estén instaladas.

Acuerdos con municipios 

«Las empresas que se encuentren operando en el resto del país podrán domiciliarse en una ZEDE siempre y cuando continúen pagando los impuestos tanto nacionales como municipales que han pagado hasta el momento de su cambio de domicilio y estén al día en el pago de dichos impuestos al momento de solicitar un cambio de domicilio», dice la reforma.

Las ZEDEs pueden llegar a arreglos con los municipios donde operen para que puedan seguir recibiendo contribuciones y tasas dentro de los mismos, agrega el documento.

Además añade que las ZEDEs podrán renunciar a la prestación de determinados servicios prestados por autoridades nacionales o locales. En ese caso, los servicios renunciados deberán ser prestados por las ZEDEs a su población sin recurrir al financiamiento del Estado.

Por último, se faculta a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para que, en coordinación con la Administración Aduanera y la Administración Tributaria, emita las instrucciones técnicas tributarias y aduaneras que contengan los lineamientos técnicos para el buen funcionamiento del presente artículo.


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