CORTÉS, HONDURAS. En ocasiones hay normas jurídicas que no se cumplen y por ello, varios delincuentes quedan en libertad, ya que las pruebas obtenidas de procesos viciados, no pueden ser usadas, según lo plasmado en la Ley.
Para conocer más sobre este tema, Diario TIEMPO se contactó con la abogada Odeth José Urquía.
La profesional empezó diciendo que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario y esto se demuestra mediante sentencia firme condenatoria.
«Estas son emitidas por el Juzgado de Letras Penal por el Tribunal de Sentencia. Cuando se extienden es porque van a un procedimiento abreviado, o sea que, usted acepta la responsabilidad de todos los hechos», explicó.
Por otro lado, la hondureña señaló que cuando la persona considera que no es culpable de los hechos que sucedieron, es cuando se va a un juicio oral y público. Asimismo, la abogada determinó que el proceso penal tiene diferentes fases.
Urquía además comentó que en muchos casos los ciudadanos quedan en libertad porque no se sigue el debido proceso.
«Después del juicio oral y público pasa a la fase de ejecución, donde se dictan las sentencias. Cuando a la persona se le sigue el proceso, se le denomina imputado», contó.
Le puede interesar – En libertad se defenderá abogada que atropelló a maestra en SPS
Asimismo, la abogada indicó que, puede ocurrir que en la audiencia inicial, la defensa haya logrado desacreditar lo que establece el requerimiento del Ministerio Público (MP).
«El MP lleva la prueba de cargo, le lleva la ventaja a la defensa, porque llevan todas las investigaciones, todas las pruebas. Al momento de la detención, se tienen 24 horas para probar si existen los elementos del tipo penal que se va a imputar», profundizó.
La profesional del derecho también externó que en la audiencia inicial se debe dar en los primeros seis días. Igualmente, expresó que existe una teoría llamada árbol envenenado.
«Si una prueba es viciada, el proceso también está viciado. Entonces el juez resuelve que si las pruebas no son contundentes, debe declarar un sobreseimiento provisional o definitivo«, añadió.
Procesos viciados
De igual manera, la abogada precisó que el Código Penal y la Constitución de la República establecen en qué momento se deben de realizar los allanamientos.
«No pueden realizarse antes de las 6:00 de la mañana y después de las 6:00 de la tarde. Si se desarrollan allanamientos en horas que no establece la normativa máxima, ese allanamiento está viciado. A menos que sea un delito cometido en flagrancia», prosiguió.
La abogada afirmó que si es en flagrancia, las autoridades tienen el derecho de ingresar a una vivienda, a un vehículo o si corre peligro la vida de una persona.
Sobre los ciudadanos que tienen antecedentes y que son detenidos sin evidencia, exteriorizó que no se deben de estigmatizar.
«Porque el hecho de tener una condena o que tenga un problema, no quiere decir que no pueda reintegrarse a la sociedad. Además, una persona puede quedar en libertad por la teoría del árbol envenenado o por no seguir el debido proceso», finalizó.
Nota para nuestros lectores:
? Suscríbete gratis a más información en nuestro WhatsApp. Haga clic en el enlace: https://bit.ly/2Z2UF3j