TEGUCIGALPA, HONDURAS. La capacidad investigativa del Ministerio Público (MP) se verá limitada, tras entrar en vigor el Decreto Legislativo 57-2020, recientemente publicado en el Diario Oficial «La Gaceta».
Las interpretaciones de los artículos 217, 219 y 220 del Código Procesal Penal tienen que ver directamente con la capacidad de investigación del MP.
Hacen referencia a los requisitos previos para solicitar el comiso y secuestro de documentos u objetos relacionados con la investigación de los fiscales, en temas de corrupción, según informaron profesionales del derecho.
Ahora, serán los jueces quienes definirán lo relacionado con la confiscación de documentos en casos de corrupción. Antes de la reforma, los fiscales tenían la atribución para hacerlo de forma inmediata y sorpresiva.
Lo cual ayudaba a evitar el ocultamiento de información. Sin embargo, este artículo obligará al Ministerio Público a solicitar de manera formal ante un juez la autorización para inspeccionar la propiedad privada y confiscar documentos.
Los cuales deben ser puestos a disposición de forma inmediata ante el magistrado que ordenó la acción; este último será quien decida en manos de qué institución o persona quedarán los mismos.
El MP exhortó en ese momento al Poder Ejecutivo a que vetara la interpretación a estos artículos. Lo catalogaron como no legal y que no responde a la necesidad de aclarar ambigüedades de algo que está muy lejos de serlo.
Lea también: Presentan proyecto para derogar artículos que permiten creación de ZEDES
«Es ilegal obstaculizar la capacidad investigativa del MP»
“Este tipo de reformas tácitas, contrario a ayudar a las investigaciones de hechos ilícitos, vienen a obstaculizar la lucha contra la corrupción; que en épocas en que las sociedades democráticas demandan más transparencia y el uso adecuado de los recursos públicos”, subrayó el MP.
Añadió que “el Ministerio Público considera que este tipo de hechos no pueden seguir sucediendo dentro del Congreso Nacional. Sería abrir una puerta para que vía interpretación reformen cualquier ley y se eluda el control y balance de poderes que se está imponiendo a no escuchar el análisis de la Corte Suprema de Justicia”.
Asimismo, agregó que como la interpretación fue vetada, la Fiscalía se prepara para presentar un recurso de inconstitucionalidad ante la CSJ. Esto, como último recurso para detener este nuevo «blindaje».
¿Qué se busca con este nuevo decreto, según analistas?
Para los analistas, lo que buscan los funcionarios es cubrir sus actos de corrupción y «blindarse».
El analista Hugo Noé Pino: «Esto va destinado a cubrir de diferentes formas a los funcionarios públicos; quienes en el ejercicio de sus funciones cometen o presuntamente son designados de haber cometido acciones irregulares en contra de la ley».
Por su parte, Jari Dixon, expresó: «El secuestro es un acto inmediato y se hace con el objetivo de que el documento no desaparezca. Por eso es una función directa del MP. Ellos son los que investigan los delitos de corrupción».
Nota para nuestros lectores:
Suscríbete gratis a más información en nuestro WhatsApp haciendo clic en el enlace: https://bit.ly/tiempodigitalhn.