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viernes, noviembre 22, 2024

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. Defraudación fiscal, contrabando, apoderarse indebidamente de mercancía a fiscalización, así como instigación pública, demora o no pago de los tributos son los delitos tributarios que seguirán contemplados en el nuevo Código Penal.

Lo anterior fue informado por el experto en investigaciones tributarias del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Carlos Dubón.

Seguidamente, Dubón detalló que en el artículo 165 del Código Tributario ya se establece que los delitos de esa índole están contenidos en el Código Penal. Asimismo, indicó que la sanción e investigación de estos es responsabilidad de los entes correspondientes.

De la misma forma, explicó que quien se encarga de combatir la defraudación fiscal es la Inspectoría General, puesto que el SAR administra tributos internos. Además, la Inspectoría General fue creada para supervisar a todos los colaboradores de la SAR.

Del mismo modo, indicó que se creó una oficina para el combate de los delitos tributarios. Asimismo, dijo «trabajamos de la mano con la Fiscalía Especial contra Delitos Tributarios».

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SAR realiza investigaciones tributarias

A renglón seguido, dijo que el SAR cuenta con manuales de Investigación y de Auditoría Forense para la investigación de delitos tributarios.

Además amplió «es la auditoría que viene a fortalecer la investigación de delitos tributarios y de cuanto fueron esos montos que dejó de percibir el Estado».

Seguidamente dijo que cuando se recibe una denuncia se realiza un análisis preliminar y posteriormente se traslada a la fiscalía. Explicó que es esta la que decide que hay que iniciar una investigación.

«Después se procede a emitir un auto de requerimiento de investigación dirigido a esta fiscalía, con las instrucciones que hay que realizar», explicó.

Para finalizar, explicó que en el artículo 152 del Código Tributario establece cuando se inicia un procedimiento administrativo. Del mismo modo, dijo que si se encuentran indicios de la comisión de delitos, el SAR debe de abstenerse de continuar con ese procedimiento y se traslada el expediente al Ministerio Público.

Penas por los delitos

El Código Penal establece también la pena por defraudación fiscal y que va de acuerdo con el monto defraudado: arriba de 100 mil lempiras conlleva una pena de 3 a 6 años de cárcel; de 500 mil lempiras la pena puede ir de 3 a 9 años de cárcel y arriba de 500 mil de 6 a 12 años de cárcel.

Añadió que en el nuevo Código Tributario existe la figura de conciliación judicial o el criterio de oportunidad que es ejecutado por el Ministerio Público. Sin embargo, se tienen que cumplir algunos criterios.

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