Redacción. La Suprema Corte de Justicia (SCJN) de México declaró este martes inconstitucional la acción de penalizar a quienes abortan durante la primera etapa de su embarazo, en un fallo considerado histórico para el país.
Los ministros del pleno de la SCJN invalidaron por unanimidad el artículo del Código Penal del estado de Coahuila que impone de uno a tres años de cárcel «a la mujer que voluntariamente practique su aborto o a la persona que le hiciere abortar con el consentimiento».
Sin embargo, por tratarse de una acción de inconstitucionalidad, la decisión de la Corte supone un precedente para el resto de estados de México.
«Se inicia una nueva ruta de libertad»
«A partir de ahora no se podrá, sin violar el criterio de la Corte y de la Constitución, procesar a mujer alguna que aborte en los supuestos que ha considerado válido este tribunal constitucional», dijo el presidente de la Corte, Arturo Zaldívar.
Hasta ahora, de las 32 entidades del país solo en las siguientes cuatro se permite legalmente la interrupción voluntaria del embarazo:
- Ciudad de México
- Oaxaca
- Hidalgo
- Veracruz.
Cada estado contempla leyes desiguales con relación al aborto
Cada estado contempla leyes relativas al aborto muy desiguales y diferentes en sus restricciones, lo que hace que mujeres en el país se desplacen a otras ciudades como a la capital mexicana para interrumpir su embarazo.
«No tiene cabida dentro de la doctrina jurisprudencial de este Tribunal Constitucional un escenario en el cual la mujer y las personas con capacidad de gestar no puedan plantearse el dilema de continuar o interrumpir su embarazo», argumentó el proyecto del ministro de la Corte, Luis María Aguilar.
FUENTE: BBC MUNDO.
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