TEGUCIGALPA, HONDURAS.- A menos de 48 horas para que se den las elecciones generales 2021, Diario Tiempo le presenta todo lo que debe saber para ejercer su derecho al sufragio.
Durante estas elecciones se elegirá al presidente y a las corporaciones municipales, al igual que a los diputados al Congreso Nacional y al Parlamento Centroamericano (Parlacen) para el periodo 2022-2025.
Con una Ley Electoral nueva que se aprobó en mayo de 2021, este proceso electoral sufrirá cambios, entre ellos la implementación del sistema de registro biométrico.
En total, se habilitarán 5 mil 755 centros de votación y 18 mil 293 juntas receptoras de votos en todo el país.
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¿A qué hora arrancarán las elecciones generales?
La Ley Electoral establece, en su artículo 263, que los centros de votación darán por inauguradas las elecciones generales a las 7:00 de la mañana del 28 de noviembre. La votación será ininterrumpida hasta las 5:00 de la tarde de ese día.
Se debe recordar que la pandemia continúa, por lo que cada elector debe tomar las medidas de bioseguridad correspondiente como ser: distanciamiento social, portar su debida mascarilla o careta y usar alcohol o gel.
¿Quiénes deben salir a votar?
Según el artículo 44 de la Constitución de la República y el artículo 3 de la Ley Electoral, todos los ciudadanos que estén registrados en el censo nacional electoral tienen el deber y la obligación de acudir a votar. El voto es obligatorio.
¿Quiénes no pueden hacerlo?
Aquellos hondureños que no se hayan enrolado en el proyecto Identifícate y que, por ende, no cuenten con su Documento Nacional de Identificación (DNI). Esos ciudadanos no han sido inscritos en el censo nacional electoral ni en los cuadernos de votación.
Tampoco pueden ejercer el sufragio integrantes activos de las Fuerzas Armadas o de cualquier otra institución de seguridad del Estado, como la Policía, ni personas que estén cumpliendo una condena emitida por el Poder Judicial.
Requisitos y prohibiciones
Con base a la normativa nacional, los requisitos y prohibiciones que cada elector deberá tomar en cuenta antes de asistir a las elecciones generales son los siguientes:
- Ser hondureño por nacimiento o naturalización y tener más de 18 años de edad.
- Deberá acudir al centro de votación previamente asignado: Éste puede ser consultado en el censo nacional electoral.
- No presentarse en estado de ebriedad o bajo los efectos de alguna droga al centro de votación, ni portar insignias alusivas a un determinado movimiento o partido político.
- Debe portar su mascarilla, aplicarse gel y mantener la distancia.
Pasos
- Al momento de llegar a las MER deberán presentar su identidad a la primera persona que sería el presidente, quien lo buscará en el padrón. Acudir, salvo casos especiales, sin ningún acompañante a la junta receptora de votos.
- No haber ejercido el sufragio el mismo día: El secretario de la junta receptora de votos verificará si, en efecto, sus manos no contienen residuos de tinta indeleble.
- Una vez encontrado en el padrón, pasará al secretario que le retendrá su celular y la tarjeta de identidad mientras pasa a la cabina de votación. Allí mismo, otro miembro MER le otorgará las papeletas electorales correspondientes al nivel presidencial, corporación municipal y diputados.
- Dentro de la cabina lo que procede es elegir el candidato favorito y para dar su voto debe marcar con cualquier signo en el cuadro que aparece en la parte inferior de la cara del candidato.
- No votar por más de un candidato en el nivel presidencial y de corporación municipal, mientras que para el nivel legislativo deberá realizar la cantidad de marcas igual al número de diputados a elegir según su departamento.
- Una vez que haya ejercido el sufragio, deberá doblar las papeletas electorales a modo que su voto o marcas queden ocultos. ¡Su voto es secreto!
- Depositará las papeletas correspondientes. Vuelve a la mesa receptora donde se le marcará el dedo meñique como símbolo de haber votado y además deberá firmar el cuaderno de votantes. Posteriormente, vuelve a tomar tanto el teléfono celular como la identidad y se retira del centro de votación.
¿Y si estoy en fila y ya son las 5:00 de la tarde?
La ley establece, en ese caso, que las personas que estén en fila serán aptas para votar. Sin embargo, quienes arriben a la Junta Receptora de Votos (JRV), después de esa hora, no se les permitirá ejercer el sufragio.
Por tal motivo, se recomienda acudir a los centros de votación lo más temprano posible.
¿Habrá prórroga?
De igual forma, en el artículo 265 se plantea que la prórroga únicamente será aprobada si la votación no empezó a las 7:00 de la mañana en una Junta Receptora de Votos (JRV). La prórroga, en esa JRV, será aprobada por unanimidad hasta las 6:00 de la tarde.
¿En las últimas elecciones generales hubo prórroga?
No, en las elecciones generales 2017 el desaparecido Tribunal Supremo Electoral (TSE) determinó cerrar todos los centros de votación a la hora determinada.
¿Cuándo se conocerán los resultados preliminares?
Los primeros datos arrojados por el sistema de transmisión de resultados electorales preliminares (TREP) serán revelados por el pleno del CNE, es decir sus tres consejeros, tres horas después del cierre de los centros de votación. La divulgación de resultados será periódica.
¿En qué niveles se conocerán los resultados preliminares?
El TREP sólo es aplicable en el nivel presidencial. Además, la ley establece que se debe expresar el porcentaje de actas y votos que se divulgan, así como el porcentaje que está pendiente.
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