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jueves, septiembre 19, 2024

El parque central, «corazón» del comercio sexual en SPS

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San Pedro Sula. El parque central “Luis Alonso Barahona”, ubicado en el corazón de San Pedro Sula, se ha convertido en el centro de operaciones de la comercialización sexual de mujeres y hombres en esta ciudad.

El enorme movimiento de personas que genera la presencia de los vendedores estacionarios y los diversos comercios hacen de esta zona el lugar ideal para la prostitución. Por esta razón, esta actividad ha ido en aumento en los últimos años.

Las féminas que forman parte de este “negocio” tienen edades que rondan entre los 12 y los 17 años, aunque también hay adultas. Asimismo, varios hombres, en su mayoría menores de edad, también son parte de este grupo. Sin embargo, a diferencia de las mujeres que se visten con trajes diminutos y llamativos, ellos pueden pasar desapercibidos ante la vista desprevenida de los transeúntes.

También hay jóvenes varones en el comercio sexual de San Pedro Sula.

Estas personas permanecen en el parque desde muy temprano hasta que cae la noche. Las trabajadoras sexuales más jóvenes se desplazan por el parque en busca de clientes, aunque sin descuidar los márgenes existentes entre ellas y las mujeres de mayor edad que también ejercen el trabajo sexual en la zona.

“Aquí también hay fronteras, como sucede en barrios y colonias de la ciudad; hay grupos que han marcado su territorio. Controlan la prostitución y también la distribución de droga y otros negocios”, señaló una de las trabajadoras sexuales que, por seguridad, omitió su nombre.

Una doble cara

Una doble cara se refleja a diario en el parque central. El comercio sexual inicia desde muy temprano en el día; sin embargo, se confunde entre las ventas de achinerías y el ajetreo de la ciudad. Esta situación es aprovechada por quienes llegan a buscar una compañía íntima y desean pasar desapercibidos entre los demás transeúntes.

En horas de la noche, bajo el manto de la oscuridad, el comportamiento de la clientela es variada; algunos llegan a pie, otros se movilizan en vehículos que estacionan en los bordillos de las aceras del parque para concretar una salida “especial”.

“El cobro depende de lo que quiera el cliente, ya sea mujer, u hombre. Puede ser desde 200 lempiras en adelante; aunque hay clientes que son buenos y llegan a pagar hasta mil lempiras”, indicó la informante, quien admitió llevar más de seis años en este rubro que se ha vuelto lucrativos para el crimen organizado.

Las trabajadoras sexuales establecen zonas de mando dentro del parque central de SPS.

Reglamento de uso del parque central

En una sesión de Corporación de la administración del alcalde Óscar Kilgore, fue aprobado el punto No.05, ACTA No.10 (24-04-2002), concerniente al Reglamento para el Uso y Administración del Parque Central de San Pedro Sula.

Esta reglamentación establece prohibiciones y sanciones que, por ley, deberían seguir todos los ciudadanos de la ciudad. Las sanciones están más detalladas con mayor detalle  en el Plan de Arbitrios Municipal. Sin embargo, las prohibiciones se violan y las sanciones no se aplican. Y uno de los mayores ejemplos se da con el tema de la prostitución.

El Reglamento establece que el parque central es un patrimonio valioso para el municipio, por lo que todos sus habitantes y visitantes tienen el derecho de disfrutar de sus instalaciones. Además, tienen el deber de cuidarlas y de no ocasionar daños a sus estructuras, esculturas, árboles, mobiliario, luminarias y cualquier otro objeto de ornamentación.

PROHIBICIONES

ARTÍCULO 20. Se prohíbe a los visitantes utilizar las instalaciones del parque central para las siguientes actividades.

  1. Realizar ventas de comidas en forma ambulante o colocando muebles; y menos aún utilizar las instalaciones del parque para exhibición de productos.
  2. Realizar reuniones con concentraciones para promover ventas, eventos sociales, políticos o religiosos, desfiles o cualquier otro tipo de reunión que no sea eminentemente cultural.
  3.  Instalar vallas publicitarias, rótulos sencillos, luminosos o similares.
  4. Instalar o hacer funcionar equipos de sonido, grabadoras u otros con fines promocionales que alteren la tranquilidad del ambiente.
  5. Utilizar las instalaciones del parque para hace necesidades fisiológicas.
  6. Realizar actos reñidos con la moral y las buenas costumbres.
  7. Levantar escenarios temporales o cualquier estructura para cualquier tipo de celebraciones y/o eventos.
  8. Permanecer en las instalaciones en estado de ebriedad o drogadicción.
  9. Utilizar las instalaciones del parque para pernoctar.
  10. Permanencia de personas que se dedican a la prédica, entretenimiento, actividades particulares y recolección de fondos.

ARTÍCULO 21. Por razones de seguridad y visibilidad se prohíben los estacionamientos de vehículos, motocicletas, trocos, taxis y todo vehículo motorizado y/o estructura móvil alrededor de bordillo y la acera del perímetro del parque.

CAPITULO VII

DE LAS SANCIONES

ARTÍCULO 22. La Municipalidad establecerá en el Plan de Arbitrios las sanciones pecuniarias que se impondrán a aquellos visitantes que contravengan las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.

ARTÍCULO 23. Los recursos que resulten de la aplicación de las sanciones que se refiere el Articulo 21 del presente Reglamento serán utilizados en el cuidado y mantenimiento del parque.

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Órganos de protección fiscal

Por su parte, el Ministerio Público (MP) cuenta con dos Fiscalías que tienen ciertas competencias para la investigación de hechos que involucren a una persona menor de edad vinculada al ejercicio de la prostitución.

Entre estas dependencias que incluyen dentro de sus campos de actuación la modalidad relacionada con la explotación sexual-comercial se encuentran la Fiscalía Especial de Protección a la Niñez y la Fiscalía o la Unidad Contra la Trata de Personas.

“En ambos contextos lo que hemos visto, por lo menos reflejado en los últimos cinco años, es que es muy raro que nosotros encontremos, en el caso de las niñas, que se dediquen a la prostitución por decisión propia”, informó la funcionaria del MP, Lorena Cálix.

Denuncias y operativos

Cálix refirió que, producto de las denuncias, tanto en San Pedro Sula como en Tegucigalpa, por actuación de oficio en operativos recurrentes, han conocido que niñas o adolescentes rescatadas de este rubro ilegal, fueron captadas por personas que pertenecen a estructuras organizadas dedicadas a la captación de personas para ingresarlas al mundo de la prostitución.

La funcionaria detalló que con las investigaciones han encontrado que la mayoría de esas menores pertenecen a sectores vulnerables al trato social donde prima la pobreza extrema, en su mayoría, se trata de sectores del interior del país.

“Ellas adolecen de un hogar formalmente constituido. Son niñas con algún problema de maltrato familiar en sus hogares; son presas fáciles y vulnerables para los objetivos que la estructura criminal busca”, puntualizó Cálix.

Del mismo modo, la funcionaria del Ministerio Público (MP) dio a conocer que las edades de estas menores andan entre los 13, 16, 17 años de edad.

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