TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Comisión Nacional de Banca y Seguros (CNBS) dio a conocer que revisará si el Instituto Nacional de Previsión Magisterial (Inprema) cumplió con la debida diligencia en la millonaria inversión al Aeropuerto Internacional de Palmerola.
La comisión se pronunció a través de un comunicado en donde informó que determinará si los miembros de la comisión de transición y normalización de Inprema cumplió con lo establecido en el Reglamento de Inversiones para autorizar los fondos.
Según se informó, los desembolsos fueron realizados para emisión de deuda por 90 millones de dólares y 20 millones se invirtieron en compra de acciones.
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«Los desembolsos fueron realizados para emisión de deuda por US$50.0 millones el 20 de enero y US$40.0 millones el 24 de enero, así como para compra de acciones comunes por US$20.0 millones el 26 de enero de 2022», detalla la CNBS.
Además, el escrito recordó que el pasado 7 de enero la CNBS notificó a Inprema que haría una revisión especial para verificar la autorización de la inversión.
Asimismo, detalla que el 11 de enero el Inprema aseguró que la inversión se ponía en pausa y que no se habían desembolsado fondos de pensiones al aeropuerto. Sin embargo, también explica que días después se confirmó el desembolso del dinero, dejando en duda la legalidad del proceso.
En ese sentido, la CNBS decidió revisar cada una de las acciones de la Comisión Especial de Transición y Normalización y el préstamo para Palmerola.
Requisitos del Reglamento de Inversiones para operaciones de inversión:
El número 62 del reglamento establece que previo a una operación de este tipo, un ente de previsión debe analizar la factibilidad de la inversión. Esto en cuanto a condiciones de seguridad, rendimiento, liquidez y diversificación del riesgo.
Los requisitos son los siguientes:
- Análisis o dictamen legal con relación a la factibilidad de realizar la inversión de conformidad a las leyes de cada instituto.
- Copia de la documentación que concierne a la inversión propuesta.
- Certificación íntegra de la resolución emitida por el Comité Ejecutivo de Inversiones que evaluó el dictaminó favorablemente.
- Certificación íntegra del punto de acta de la aprobación de la inversión emitida por el órgano de dirección del instituto previsional público.
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