Tegucigalpa.- Las acciones agresivas del exgerente del Servicio Autónomo Nacional de Acueductos y Alcantarillados (SANAA), Leonel Gómez, hacia sus empleadas, provocaron que la Junta Directiva de la entidad anunciara la suspensión de su cargo, pero, ¿por qué suspensión y no destitución?
La suspensión de Gómez procedió luego de que una empleada del SANAA denunciara y difundiera un video, en el cual el funcionario agrede verbalmente a la trabajadora.
En este sentido, el abogado Raúl Pineda explicó a Diario TIEMPO que la suspensión se decidió como una medida cautelar provisional, mientras se define la responsabilidad de Gómez en la denuncia interpuesta en su contra.
«La suspensión es provisional porque forma parte del proceso de investigación. En segundo lugar la suspensión la decreta la junta directiva del SANAA y la destitución, que es definitiva la debe hacer el Presidente de la República», explicó.
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Derecho a la defensa
Pineda explicó que la decisión definitiva es la que decida el Poder Ejecutivo. Es decir, que si el presidente/a decide destituirlo se da por terminado el debate.
«La Junta Directiva ha llegado hasta donde ha podido que es suspenderlo mientras se le respeta el derecho a defensa del sancionado. Sin embargo, el presidente tiene la potestad de nombrar o destituir con absoluta libertad», reiteró.
No obstante, explicó que en el caso del gerente Leonel Gómez, antes de llevar a cabo una destitución definitiva deberá hacerse la valoración de si sus conductas ameritan solo una sanción o su despido.
«Para eso es precisamente la investigación que se da, respetando su derecho a la defensa. Aunque en este caso, los hechos son públicos y notorios y poco sería lo que habría que investigar y lo que procedería en todo caso sería destituirlo», dijo el profesional del derecho.
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Salario, decisiones y ventajas
«Al momento de ser suspendido ya no puede recibir salario porque está en suspenso. Es decir, que no puede ejercer las funciones y si no puede ejercer sus funciones no puede recibir un salario«, aclaró.
En cuanto a si su suspensión es una medida correcta, el togado manifestó que «sí», debido a que la destitución definitiva no sería la mejor medida para resolver un problema.
«Al final lo que corresponde es mantener al funcionario y si se repiten actos de maltrato o una actitud sexista o discriminatoria, entonces sí sería correcto proceder a la destitución», dijo.
No obstante, manifestó que la destitución definitiva de su cargo serviría de ejemplo para otros funcionarios que poseen las mismas conductas.
A su vez reiteró que la suspensión de Gómez fue una decisión sensata y que conlleva ventajas y desventajas.
«La ventaja es que esto va a servir para moderar la existencia de prepotencia en algunos funcionarios. La negativa es la desproporción que hay entre lo que se hizo y la sanción aplicada», cerró.