TEGUCIGALPA, HONDURAS. La polémica en torno al PCM 138-2020 que autoriza la construcción de represas mediante un fideicomiso con Banco Atlántida continúa y expertos coinciden en que el decreto contraviene la Ley General de la Industria Eléctrica de Honduras.
La Asociación por una Sociedad más Justa (ASJ), a través de un comunicado, se refirió al PCM. Recordó que en 2020 esa entidad evidenció la situación del subsector eléctrico del país y de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE).
De igual forma, mencionan que en la investigación se logró mostrar las pérdidas incontroladas y lograron constatar «procesos de contratación de generación de energía que no han seguido los pasos debidos«.
ASJ, en su escrito, muestra su preocupación por el decreto ejecutivo PCM 138-2020, debido a que no da muestras de garantías para la transparencia.
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Soluciones apresuradas
En su comunicado, ASJ señala que en la aplicación de la Ley General de la Industria Eléctrica están las soluciones para mejorar el subsector eléctrico. Además, apuntan que «la aplicación discrecional del presente decreto podría excluir las atribuciones de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE) y del Operador del Sistema (ODS)».
Además apuntan que no se deben tomar soluciones con procesos que no están enmarcados en la ley. La ASJ recordó que decisiones similares en años anteriores representaron un alto costo para la estatal eléctrica.
La aplicación del PCM comprometerá los fondos del Estado «sin contar con un análisis de la Unidad de Contingencias Fiscales», explicaron. Lo cual, consideran, podría agudizar la precaria situación en que se encuentra la ENEE
De igual forma, añaden que para el banco fiduciario, en este caso Banco Atlántida, no hay un límite de inversión. Mientras que el Estado está comprometido a pagar al fiduciario la inversión total, el pago se deberá realizar en 12 meses.
ASJ demanda que los procesos de inversión sean transparentes para poder generar confianza y que los mismos tengan credibilidad ante el pueblo de Honduras, señala el escrito.
El PCM «limita la transparencia, puesto que es regulado por un fideicomiso privado que se rige bajo normativas de opacidad y discrecionalidad», concluyen.
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