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viernes, noviembre 22, 2024

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Tegucigalpa, Honduras. El jefe de control de bancos y comisiones del Instituto de la Propiedad, Kevin Hernández, recordó que la amnistía vehicular no puede aplicarse hasta que se publique de manera oficial en el diario La Gaceta.

«Estamos trabajando en los criterios necesarios para poder aplicar la amnistía una vez que esté publicado de manera oficial en La Gaceta, mientras no esté publicada en el diario, (la amnistía) no podrá ser aplicable», indicó. Sin embargo, hasta el momento no se ha establecido una fecha.

El funcionario también manifestó que la mora general ha superado los 4 mil millones de lempiras, montó que se espera recuperar con esta medida.

«La mora general asciende a 4,300 millones de lempiras. Esto es lo que se pretende recaudar con la amnistía vehicular, que la semana pasada aprobó el Congreso Nacional, y que aproximadamente equivale a 795 mil personas que se beneficiarán con esta amnistía», explicó Hernández.

Agrego que esta amnistía «corresponde de diciembre del 2023 hacia atrás». Y una vez que sea oficial «se podrá cancelar en 13 instituciones bancarias del país».

Aprobación 

En su retorno a las labores legislativas, el Congreso Nacional aprobó la amnistía vehicular y la amnistía energética. Decretos que evitan el cobro de cargos y multas a las personas que no pudieron efectuar el pago en tiempo y forma.

Con un total de 73 votos, el hemiciclo legislativo aprobó estos dos beneficios que desde hace tiempo exigían varios sectores del país. Estas amnistías quedan aprobadas por un período de seis meses a partir de la aprobación del decreto, hasta el mes de junio.

Con 73 votos a favor aprueban la amnistía vehicular
Con la mayoría de votos aprobaron la amnistía vehicular.

La amnistía vehicular fue solicitada por autoridades del Instituto de la Propiedad (IP) al Congreso Nacional desde año pasado.

“Esta amnistía también exonera del pago de todo tipo de multas, infracciones o recargos a todos los propietarios de vehículos y conductores que estén pendientes de pago durante la vigencia del presente Decreto», establece el decreto en su artículo número tres.

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El decreto también abarca las «detenciones o decomisos de vehículos impuestos por el Instituto Hondureño de Transporte Terrestre (IHTT) o la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT), por circular con la placa tipo I”.

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