TEGUCIGALPA, HONDURAS.- La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), admitió el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) en contra de las Zonas de Empleo y Desarrollo Económico (ZEDE).
Esta noticia la confirmó el rector de la máxima casa de estudios, Francisco José Herrera Alvarado, a través de su cuenta de Twitter.
«Hemos recibido este día la notificación sobre la admisión del recurso contra las ZEDE, interpuesto el pasado julio ante la Sala Constitucional», puntualizó el rector.
Además, el funcionario reafirmó su posición respecto a las controversiales Zonas de Empleo.
«Mantenemos nuestra posición firme por un fallo apegado a ley y en congruencia a los más altos intereses de la población hondureña», expuso.
¿Qué pasa si ya aceptaron el recurso de inconstitucionalidad?
Esta aceptación del escrito significa que el recurso interpuesto por la UNAH cumple con los requisitos exigidos por la Ley sobre Justicia Constitucional. Sin embargo, el proceso continúa con el análisis profundo que un juez o jueces constitucionales deben realizar para emitir una sentencia.
En cuanto a eso, el fallo puede ser de dos formas:
1. Que declaren inconstitucional el apartado que se refiere al sistema educativo superior en las ZEDE.
2. O caso contrario, que ratifiquen su legalidad.
Esta responsabilidad está en manos de los magistrados: Lidia Álvarez Sagastume, Jorge Alberto Zelaya, Edwin Francisco Ortiz, Reyna Auxiliadora Hércules y Jorge Abilio Serrano.
Lea además: Colegio de Abogados exige derogar las ZEDE por ser «inconstitucionales»
ZEDE vulneran la educación superior y al ejercicio profesional
Este documento que oficializó la UNAH se sustenta en el artículo 184 constitucional que establece que «las leyes podrían ser declaradas inconstitucionales por razón de forma o de contenido«.
Asimismo, se interpone porque el artículo 34 de la Ley Orgánica de las ZEDE vulnera los artículos constitucionales 151, 156, 159, 160 y 177; mismos que hacen referencia a la educación superior y al ejercicio profesional. Además, incluyen el artículo 329, por el que se crean, altera su espíritu y su texto.
Los motivos que fundamentan esta garantía de inconstitucionalidad son:
1. Vulneración de la atribución exclusiva conferida por la Constitución de la República a la UNAH para organizar, dirigir y desarrollar la educación superior y profesional, consagrada en el artículo 160.
2.- Vulneración al artículo 151 constitucional que reconoce a la educación como función esencial del Estado.
3. Vulneración al artículo 329 constitucional porque el artículo 34 lo excede en su texto y en su espíritu, al declarar que «ZEDE deben establecer sus propias políticas educativas y curriculares en todos los niveles».
4. Vulneración de tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por Honduras, los cuales obligan a los Estados parte a armonizar los procesos de acreditación profesional y de educación superior.
5. Interés directo, personal y legítimo por parte de la UNAH, puesto que la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad tendrá el efecto de que desaparezca el perjuicio que irroga la concesión de esa facultad a las ZEDE.
Lea además: Choloma dice NO a las ZEDE: 7 de noviembre será cabildo abierto
Nota para nuestros lectores:
Suscríbete gratis a más información en nuestro WhatsApp haciendo clic en el enlace: http://bit.ly/2LotFF0.