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viernes, noviembre 22, 2024

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. El coordinador de los Tribunales de Sentencia, Mario Díaz, manifestó que los funcionarios judiciales no están debidamente capacitados para aplicar el nuevo Código Penal.

El abogado, indicó que si bien es cierto, el juez, los jueces y todos los encargados están obligados en base a ley a conocer las leyes, y todas las que deben implementarse las que están obligados a aplicar.

«No es menos cierto, que en el caso del nuevo Código Penal que entrará en vigencia próximamente, sí hemos tenido dificultades prácticas que tienen que ver con dos aspectos básicos», manifestó.

Apuntó que sobre la vacatio legis, en su segundo periodo de seis meses, supuestamente el Poder Judicial y demás operadores de justica se iban a implementar a fondo en los procesos de capacitación interna.

Sin embargo, desafortunadamente, con la paralización de labores a causa de la pandemia del COVID-19, no se logró cumplir el proceso de revisión del nuevo Código Penal.

En el caso del Poder Judicial, por ejemplo, en la fecha en que entró la pandemia al país, también estaban a punto de iniciar la capacitación intensiva a nivel nacional. Se realizó una primera fase llamado «grupo primario de capacitadores». Ellos tenían la tarea de convertirse en los multiplicadores de este conocimiento en otras regiones del país.

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Nuevo Código Penal tiene avances y retrocesos

El proceso de completar la capacitación requerida a la parte general de nuevo Código Penal no pudo cumplirse debido a la pandemia, apuntó Díaz. A la vez, explicó que estas las sustituyeron por capacitaciones virtuales, la cual está por concluir.

«Eso quiere decir muy claramente que el proceso de formación de los jueces ha sido bastante deficiente, por estas circunstancias mencionadas». Asimismo, en el Ministerio Público (MP) han tenido que desarrollar capacitaciones virtuales sobre el nuevo Código Penal.

Por otro lado, indicó que hay que ser objetivo en que el nuevo Código Penal tiene partes que representan un avance. Puso como ejemplo, lo citado en la parte general del Código, la parte dogmática de declaraciones, finalidades, de garantías «es un avance en general».

Sin embargo, al revisar la parte especial del nuevo Código Penal «hay cosas que perfectamente pueden establecerse como un retroceso en materia de combate a la criminalidad», dijo.

En este caso, puso el ejemplo de revisar la problemática de la criminalidad del país, donde existen tres cosas fundamentales. Entre ellas, el tráfico de drogas, la violencia contra la mujer y los delitos de corrupción.

«Los tres temas adolecen de fallas durante su abordaje. Inclusive, así lo establece el pronunciamiento que hace la Corte Suprema de Justicia, en el sentido de que no se debe admitir el planteamiento del Consejo Nacional Anticorrupción, sobre la no vigencia del Código», expresó.

Manifestó que sí hay diferencias fundamentales importantes, sobre todo de la responsabilidad penal de individuos que sean instados, denunciados o procesados por delitos de corrupción. «Esos aspectos podrían ser un retroceso en el tema de criminalización de estas conductos que son fundamentales» porque son los que más afectan a Honduras.

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