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viernes, noviembre 22, 2024

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TEGUCIGALPA, HONDURAS. La llegada de 2021 también podría significar la oportunidad de tener un hogar para 60 niños y niñas que están al cuidado de la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF).

La abogada Patricia Mejía, jefa del programa de Consolidación Familiar, externó que el listado de pequeños en espera incluye «chiquitines» de solo dos años y hasta adolescentes de 16 años.

Sin embargo, la experta apunta que el problema recae en que la mayoría de familias suelen acudir en búsqueda de adoptar bebés; es decir, quieren forjar su propio niño y que tenga la menor edad posible.

Además, comentó que, que son las niñas quienes, usualmente, corren con mejor suerte al momento de ser seleccionadas para formar parte de una familia.

Entre tanto, la mayoría de los bebés acogidos por las autoridades son recién nacidos que fueron abandonados en bolsas, cajas o demás compartimentos expuestos a la intemperie.

Evaluación del adoptante

Sin embargo, una vez que se hizo una declaración de abandono, prosiguen pasos más complejos. Por ejemplo, se hace una investigación social donde se verifica que el niño tiene familiares que pueden hacerse responsables por él y así proceder a darle una nueva oportunidad.

Asimismo, los responsables de DINAF deben hacer una inspección profunda a quienes anhelan hacer una adopción. Para iniciar el proceso, los adoptantes deben cumplir con varios requisitos.

«Nuestro cliente es el niño y él tiene derecho a una familia y para ello hay que buscar una familia que cumpla todas las expectativas para que pueda desarrollarse de la mejor manera», expresó Mejía.

De igual interés – DINAF: 78 % de los niños hondureños están involucrados en crimen organizado

Requisitos para poder adoptar

  1. Los adoptantes deben ser mayores de veinticinco (25) y menor de sesenta (60) años. También, cada uno debe ser al menos 15 años mayor que el adoptado.

2) La pareja debe sumar un mínimo de tres años de convivencia o mantener una relación de hecho debidamente legalizada.

3) Estar en el goce y ejercicio de sus derechos civiles.

4) Contar con la certificación de idoneidad vigente, para la cual se realiza un informe social y un informe psicológico.

5) Un mínimo de tres (3) cartas de honorabilidad de los solicitantes extendidas por autoridades comunitarias, religiosas o gubernamentales del lugar de residencia de los mismos.

6) Certificación judicial donde conste la aprobación de las cuentas de administración.

7) Fotografías del entorno en que conviven los cónyuges.

8) Tener la capacidad para educar, asistir y alimentar a su posible nuevo hijo o hija.

9) Copia de la tarjeta de identidad del solicitante o, en su caso, el carné de residencia.


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